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Ektennsa Inteligencia del agua.

Chile

Proyecto sin alcantarillado en Chile: cómo comenzar.

En Chile operamos nuestra propia planta desde 2015 y conocemos la tramitación de cerca. No necesita tener todo resuelto para empezar: con los datos básicos del terreno y del proyecto se define el camino. Esta página es una orientación general y no reemplaza una asesoría legal.

Marco legal revisado el 29-09-2026

Marco legal

Lo que rige en Chile.

  • DS 236/1926: alcantarillados particulares

    Regula la disposición de aguas servidas domésticas donde no existe red pública: fosas sépticas, cámaras y distancias mínimas. Es la base del permiso sanitario ante la Seremi de Salud.

    Fuente: Decreto 236, Ley Chile
  • Art. 116 LGUC: Certificado de Informaciones Previas

    La Dirección de Obras Municipales emite el CIP con las condiciones urbanísticas que rigen para el terreno. Es el punto de partida de cualquier proyecto de construcción.

    Fuente: DFL 458 (LGUC), Ley Chile
  • DS 46/2002: emisión a aguas subterráneas

    Fija límites cuando un efluente se infiltra en el suelo. Por lo general rige desde unos 100 habitantes equivalentes, no para una vivienda aislada. La fiscaliza la Superintendencia del Medio Ambiente.

    Fuente: Decreto 46, Ley Chile

El camino

Del terreno a la planta autorizada.

El orden habitual, desde el terreno hasta la planta autorizada.

  1. 01

    CIP y situación del terreno

    El Certificado de Informaciones Previas de la Dirección de Obras Municipales muestra qué se puede construir en el predio.

  2. 02

    Alcantarillado o solución propia

    Si existe red pública, la factibilidad de la empresa sanitaria indica si es posible conectarse. Si no, se proyecta una solución particular.

  3. 03

    Permiso sanitario

    La Seremi de Salud aprueba el proyecto de alcantarillado particular y, tras la construcción, autoriza la obra. El trámite se hace en Seremi en Línea con ClaveÚnica.

  4. 04

    Proyectos mayores

    Desde unos 100 habitantes equivalentes que infiltran al suelo puede aplicar el Decreto 46. Lo revisamos con sus profesionales en la evaluación preliminar.

Para empezar

Con estos datos basta para una primera evaluación.

Lo que todavía no tenga, déjelo en blanco. Y nada más para comenzar.

  • Ubicación

    Región, comuna y coordenadas

  • Terreno

    Superficie y rol de avalúo (SII)

  • Proyecto

    Tipo de proyecto y número de viviendas o unidades

  • Usuarios

    Habitantes previstos y ocupación máxima

  • Saneamiento

    ¿Hay red pública? ¿Existe factibilidad de conexión?

  • Condiciones del terreno

    Suelo, pendiente, napa, infiltración

  • Documentación disponible

    Escritura o dominio, CIP, plano, factibilidad si la hay

  • Efluente

    Lugar previsto para infiltración, descarga o reutilización

Primer paso

Cuéntenos qué quiere desarrollar.

Con los datos básicos del terreno y del proyecto, Ektennsa y AQUATO realizan una primera evaluación.

o directamente: WhatsApp · contacto@ektennsa.com