Tanque séptico con infiltración
Es la alternativa que la norma IS.020 prevé en zonas sin red, siempre seguida de un sistema de percolación. No se permite infiltrar las aguas residuales sin tratar.
Fuente: Norma IS.020 (RNE), gob.pePerú
No necesita esperar a que llegue el alcantarillado ni tener el proyecto definitivo. Con los datos básicos del terreno y del proyecto hacemos una primera evaluación; la solución definitiva se desarrolla después con los profesionales y las autorizaciones que correspondan. Esta página es una orientación general y no reemplaza una asesoría legal.
Lo habitual hoy
La norma peruana prevé el tanque séptico donde no hay red, pero lo considera solo un tratamiento primario. En el campo, el pozo ciego sigue siendo más frecuente.
Es la alternativa que la norma IS.020 prevé en zonas sin red, siempre seguida de un sistema de percolación. No se permite infiltrar las aguas residuales sin tratar.
Fuente: Norma IS.020 (RNE), gob.peEl efluente del tanque séptico no es apto para un cuerpo de agua y necesita tratamiento complementario. El tanque se inspecciona al menos una vez al año y los lodos se extraen periódicamente.
Fuente: Norma IS.020 (RNE), gob.peLas unidades básicas de saneamiento del Ministerio de Vivienda usan tanque séptico o biodigestor, siempre con pozo de absorción o zanja de infiltración.
Fuente: Ministerio de Vivienda, 15.05.2025En el área rural, el 24,5 % de la población elimina las excretas en pozo ciego y el 14,8 % en pozo séptico.
Fuente: INEI, boletín agua y saneamiento 2024Marco legal
Aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 1280. Es el marco nacional de los servicios de agua potable y saneamiento, en el ámbito urbano y rural, e incluye el tratamiento de aguas residuales para su disposición final o reúso.
Fuente: DS 001-2025-VIVIENDA, gob.peLa norma técnica del Reglamento Nacional de Edificaciones admite soluciones propias en zonas rurales o urbanas sin red de alcantarillado, o donde la red está demasiado lejos. Exige área suficiente para su funcionamiento, a juicio de las autoridades sanitarias.
Fuente: Norma IS.020 (RNE), gob.peRegula las habilitaciones urbanas y las edificaciones. La municipalidad emite el certificado de parámetros urbanísticos y edificatorios y la licencia de edificación.
Fuente: Ley 29090, Congreso de la RepúblicaSi el agua tratada se vierte a un río, lago o al mar, la Autoridad Nacional del Agua (ANA) lo autoriza sobre la base de los estándares de calidad y límites máximos permisibles (art. 79). El reúso del agua tratada también requiere autorización de la ANA.
Fuente: Ley 29338, MINAMEl camino
El orden habitual, desde el terreno hasta la planta en operación.
Con la ficha de abajo, Ektennsa y AQUATO estudian la capacidad, qué sistema se adapta al proyecto (PUMP, STABI-KOM u ORKA), su ubicación y la disposición del efluente.
El certificado de parámetros de la municipalidad muestra qué se puede construir; la licencia de edificación se tramita según la Ley 29090.
Sus profesionales desarrollan el proyecto de la solución propia según las normas técnicas, con la documentación técnica de AQUATO.
Si el efluente se vierte a un cuerpo de agua o se reúsa, la ANA lo autoriza. Lo definimos con sus profesionales desde la evaluación.
Para empezar
Lo que todavía no tenga, déjelo en blanco. Y nada más para comenzar.
Ubicación
Región, provincia, distrito y coordenadas
Terreno
Superficie y partida registral
Proyecto
Tipo de proyecto y número de viviendas, unidades o instalaciones
Usuarios
Número aproximado de usuarios y ocupación máxima prevista
Saneamiento
¿Hay red pública? ¿No existe? ¿Está fuera del alcance del proyecto?
Condiciones del terreno
Suelo, pendiente, napa, infiltración
Documentación disponible
Título o partida registral, certificado de parámetros, plano
Efluente
Lugar previsto para infiltración, descarga o reúso
Primer paso
Con los datos básicos del terreno y del proyecto, Ektennsa y AQUATO realizan una primera evaluación.
o directamente: WhatsApp · contacto@ektennsa.com